CARTA AL PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN

Publicamos el texto integro de la carta que hemos enviado al Presidente de la Corporación Don Luis Fernández Fernández con copia al resto de cargos que consideramos implicados en el proceso del ere:

Comisión mixta congreso senado de control parlamentario de la Corporación RTVE
Consejo de administración de la Corporación RTVE
Directores de TVE y RNE
Directores de personal de las cuatro entidades
Comité de empresa TVE Madrid, RNE y CGI
Sindicatos CCOO, UGT, USO, APLI, CGT, SOCET
Comisión interpretación del ERE



Apreciado señor:

Nos dirigimos a usted alarmados por el conocimiento que hemos tenido recientemente acerca de los últimos datos sobre la evolución de la ejecución del actual expediente de regulación de empleo en el que hemos estimado que existen incidencias y contradicciones de alcance que queremos destacar a continuación y que pensamos podrían suponer una seria quiebra del ordenamiento jurídico español y de lo establecido en el propio documento de ERE. Las mencionadas anomalías son:

a) Se han producido algunas adhesiones al ERE con notable retraso con respecto al común de los trabajadores. Queremos señalar que el ERE en su artículo 2 prevé que el trabajador deba sumarse en el plazo de 15 días naturales desde que se le presenta su plan personal de rentas. Cuando el comienzo de las comunicaciones realizadas por la Dirección fue a mediados de noviembre, no entendemos como se están admitiendo solicitudes cuatro meses después del inicio del proceso de desvinculación.

b) Hemos tenido conocimiento de un listado de trabajadores (que adjuntamos) confeccionado por don Antonio Gallardo Burgueño, Jefe Servicio Política Retributiva e Información RRHH RTVE, y creado el pasado día 23 de febrero de 2.007, donde figuran los trabajadores adheridos al ERE, tanto en su vertiente de mayores de 50 años como en la de menores de dicha edad. La cifra de afectados es de 4.459 trabajadores. Por otro lado, sabemos que la Administración ha autorizado unas reducciones de empleo de hasta 4.150 trabajadores por lo que apreciamos una seria anomalía y contradicción entre la cifra total fijada por ustedes y la autorizada por el Ministerio de Trabajo. Como la cantidad determinada por ustedes es muy superior y, además, se ha procedido a comenzar dichas amortizaciones de empleo por los trabajadores de mayor edad vemos con preocupación la posibilidad de que cuando lleguen a contemplar la fase de reducciones de los afectados menores de 50 años no queden plazas para este colectivo por haberse agotado todas en la fase anterior. Consideramos este aspecto de extraordinaria importancia ya que supondría, de cumplirse dicha situación, en la práctica la quiebra de lo aprobado en el documento de ERE, de fecha 24 de octubre de 2.006, pactado entre la Dirección y la representación legal de los trabajadores, rompiéndose el compromiso adquirido por ambas partes de proceder a las extinciones de los contratos de trabajo de manera equilibrada aplicando “medidas universales y no discriminatorias” entre los trabajadores afectados. En este sentido nos interesa destacar lo recogido en la disposición 2 del mencionado acuerdo denominada “medidas de desvinculación” la cual de manera expresa señala lo siguiente: “constituye un principio esencial dar solución al excedente mediante medidas universales y no discriminatorias que tiendan a aminorar los efectos negativos sobre los trabajadores afectados y tengan en cuenta las especiales dificultades de recolocación de los de más edad.

De acuerdo con todo ello, se establecen las siguientes medidas de desvinculación:

a) Medidas para los trabajadores menores de 52 años a 1 de enero de 2009.

b) Medidas para los trabajadores de 52 o más años a 31 de diciembre de 2006, o que cumplan los 52 años hasta el 31 de diciembre de 2008”.

Queremos denunciar que estos días hemos escuchado en Torrespaña que podría estarse aplicando, por parte de la Dirección, un criterio de actuación torticera que perjudicaría a los trabajadores pertenecientes al grupo de menores de 50 años, basándose la Dirección para ello en una cláusula oscura establecida en el apartado “3. Medidas de desvinculación para trabajadores menores de 52 años a 1-1-2009” y que señala una reserva de aceptación de las solicitudes por la Empresa en el siguiente tenor: “Se establece un sistema de desvinculación de libre aceptación por la Empresa,...”. Queremos decirle, que esta cláusula que muy extrañamente las partes han querido ocultar para qué sirve, en qué supuestos debe operar, bajo qué requisitos y con qué pretensiones (cheque en blanco para la Dirección que deja en indefensión al trabajador al no poder objetar un poder absoluto) no puede servir para derogar un “principio esencial” que conllevaría una profunda alteración del contenido del acuerdo. Esto, en nuestra opinión, provocaría situaciones graves efectivas de discriminación y supondría un elemento de claro ataque al ordenamiento jurídico español que las prohíbe, así como una vulneración de lo pactado en el documento, tantas veces mencionado, de convenio de ERE.

Sabemos que durante gran parte del periodo de negociación del ERE no se contó con realizar reducciones de empleo procedentes de trabajadores menores de 50 años, contemplándose dicha posibilidad en un instante muy avanzado de la negociación cuando destacados informes jurídicos advirtieron sobre la ilegalidad de un ERE que sólo contuviese extinciones de empleo en atención a la edad. Si las partes firmantes del ERE (Dirección y Sindicatos) hubieran reaccionado a dichos informes legales incluyendo a los trabajadores menores de 50 años exclusivamente con ánimo defraudador o subrepticio y con el objetivo de evitar que el ERE fuera considerado ilegal por discriminatorio por las autoridades administrativas encargadas de su aprobación, se acreditaría, en nuestra opinión un vicio “ab initio” en el acuerdo que tendría gran trascendencia jurídica. Esto, además, demostraría la existencia de una trama de presunta corrupción empresarial-sindical ya que supondría la puesta en el documento de trampas para engañar otorgando al documento una apariencia legal opuesta a la verdaderamente pretendida. Este aspecto resulta relevante y supone que el ERE de la época Zapatero lo consideremos una mentira y un fraude al contener presunciones falsas con voluntad simulada con una finalidad de engañar a la opinión pública, a los trabajadores y, particularmente, a las autoridades administrativas que deben proteger el cumplimiento de la legalidad positiva. Queremos decirle que no vamos a permitir que las autoridades empresariales se “salten a la torera” nuestro derecho vigente y los acuerdos suscritos, usando inmoralmente al colectivo de trabajadores menores de 50 años para fabricar estrategias subrepticias. Le requerimos una respuesta que aclare las incertidumbres mencionadas en el sentido de que si la misma no fuera satisfactoria acudiríamos a los tribunales en solicitud de justicia.

Por otro lado, queremos expresarle que vamos a dar cuenta de este escrito a la Comisión Mixta Congreso Senado de Control Parlamentario de RTVE, al Consejo de Administración de RTVE, a los Directores de TVE y RNE y a los Directores de Personal de las tres sociedades del grupo, así como, al Comité General Intercentros, Comité de Empresa de Madrid y sindicatos UGT, CCOO, APLI, USO, CGT y SOCET, todo ello, en primera fase y a la espera de su contestación y sin menoscabo de futuras decisiones que podamos adoptar en defensa de nuestras legítimas aspiraciones.

Le saluda
Presidente Asociación Pro24